Sala IV descartó, desde 2024, que anticonceptivo de emergencia sea abortivo
La Sala Constitucional, mediante una resolución de 2024, descartó que el medicamento levonorgestrel que entrega el Seguro Social a las víctimas de violación fuera abortivo. La institución de salud citó la sentencia del Alto Tribunal para defender la prescripción de este fármaco en el protocolo de las 72 horas que se aplica a víctimas de violación. En la resolución revisada por este medio, los magistrados declararon sin lugar acciones de inconstitucionalidad presentadas contra el decreto ejecutivo N.º 41722-S, relativo a la dispensación de anticonceptivos orales de emergencia. "La resolución reconoce la naturaleza anticonceptiva de estos medicamentos y señala que la regulación examinada no establecía un procedimiento con fines propiamente abortivos", explicó la Caja Costarrricense de Seguro Social (CCSS) en pronunciamiento enviado a Telenoticias. La Caja dijo que, si bien el pronunciamiento se refiere a la constitucionalidad del decreto impugnado, constituye un antecedente que debe considerarse en el análisis jurídico y…
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