martes, 27 de octubre de 2026
PressDato

Tribunales de ejecución, una necesidad urgente

Judicial y Justicia
La Tercera (CL) · Chile · Prensahace 2 horas

Dictado un fallo condenatorio, el cumplimiento de la sentencia queda entregado a Gendarmería de Chile. De ahí en adelante, será este organismo el que custodie al condenado y administre su régimen de permisos y beneficios. Salvo en el caso de la libertad condicional, los tribunales quedan al margen de la ejecución de sus propios fallos.Quien sí interviene es el Ejecutivo. En los indultos particulares, la Constitución entrega al Presidente la facultad de remitir o conmutar la pena. En las rebajas de condena, la atribución de resolver recae en el ministro de Justicia. Ambas son, en estricto rigor, potestades de naturaleza jurisdiccional ejercidas por autoridades administrativas, una anomalía que la tradición constitucional ha preservado como prerrogativa histórica, pero que genera dificultades conceptuales y políticas cada vez más evidentes, y que el debate de estos días vuelve a poner en primer plano.Las consecuencias adversas de esta anomalía se manifiestan una y otra…